Las llamadas de broma al número de emergencias 911 ya no representan únicamente un problema por la saturación de las líneas: en Chihuahua realizar intencionalmente un reporte falso puede constituir un delito y derivar incluso en una pena de prisión.
El tema cobra relevancia en Jiménez luego de que la Dirección de Seguridad Pública Municipal diera a conocer su reporte correspondiente al periodo del 3 al 9 de agosto, en el que se documentaron 28 llamadas de broma realizadas por menores de edad y otras 11 efectuadas por jóvenes o adultos que se encontraban jugando.
Es decir, en apenas una semana el C7 local identificó 39 comunicaciones relacionadas directamente con bromas o juegos, además de llamadas mudas, equivocadas e improcedentes.
Sin embargo, más allá de la afectación que este tipo de conductas genera en la operación del sistema de emergencias, desde este año existe también una consecuencia legal para quienes deliberadamente inventen una emergencia.
El artículo 307 Bis del Código Penal del Estado de Chihuahua establece sanciones para quien, de manera intencional y sabiendo que la situación reportada es falsa, realice una llamada o aviso que involucre a instituciones de Seguridad Pública, servicios médicos, Protección Civil o cuerpos de rescate.
La reforma entró en vigor el 28 de mayo de 2026 y contempla, en los casos establecidos por la legislación, penas de seis meses a un año de prisión, además de multas de 100 a 400 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Esto significa que reportar deliberadamente un accidente inexistente, una agresión que nunca ocurrió, un incendio ficticio o cualquier otra falsa emergencia con la intención de movilizar a las autoridades puede dejar de ser una simple travesura para convertirse en un asunto penal.
La legislación busca evitar que policías, paramédicos, bomberos y elementos de Protección Civil sean enviados innecesariamente a hechos inexistentes mientras puede estar ocurriendo una emergencia verdadera en otro punto.
Cabe precisar que no toda llamada improcedente, equivocada o muda constituye automáticamente un delito. Para que exista responsabilidad penal bajo esta disposición debe acreditarse la intención de realizar un reporte falso y las circunstancias establecidas en la ley.
En cuanto a las llamadas realizadas por menores de edad, su eventual responsabilidad no se procesa bajo las mismas reglas aplicables a una persona adulta, por lo que cada caso tendría que analizarse conforme a la legislación correspondiente.
Las recientes cifras registradas por el C7 de Jiménez ponen nuevamente sobre la mesa un problema que durante años fue visto simplemente como una molestia para los operadores.
Hoy el escenario es distinto: hacer perder deliberadamente el tiempo y los recursos de los cuerpos de emergencia mediante un reporte falso puede traer consecuencias legales en Chihuahua.
La advertencia resulta especialmente importante para padres de familia y tutores, ante las 28 llamadas de broma realizadas por menores registradas en Jiménez en apenas siete días.
El 911 no es una línea para jugar. Y desde este año, en Chihuahua, ciertas “bromas” pueden terminar mucho más lejos que en un simple regaño.